Venda su propiedad en Florida aunque viva en otro estado
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¿Puede vender una casa en Florida sin viajar a Florida? Normalmente, sí. Florida permite firmar una escritura (deed) ante un notario en línea, con los testigos conectados por video, y muchas compañías de título también envían paquetes de cierre por correo para que usted firme donde vive. Nos encargamos localmente del recorrido y del acceso a la propiedad, y cerramos con una compañía de título de Florida.
Esta página explica cómo funciona vender a distancia: los cierres remotos y por correo, lo que pedirá la compañía de título y la retención federal de impuestos que puede aplicar cuando el vendedor no es una “U.S. person” (persona estadounidense para efectos de impuestos). Si la casa fue heredada, o si tiene inquilinos, nuestras páginas sobre casas heredadas y propiedades de alquiler cubren esas situaciones.
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- Sin reparaciones, cargos ni comisiones
- Cierre en tan solo 10 días
Sin necesidad de viajar
La notarización en línea o un paquete de cierre por correo normalmente le permite firmar desde su casa.
Recorrido local
Coordinamos el acceso y la revisión de la propiedad sin que usted tenga que supervisar cada visita.
Tal como está y a distancia
No tiene que contratar ni manejar contratistas en Florida desde otro estado.
Su dinero por transferencia o cheque
La compañía de título le envía el dinero de la venta como usted elija una vez que se cierre la venta.
Dos formas de cerrar sin tener que volar a Florida
Un cierre remoto en línea (remote online closing) usa la ley de notarización en línea de Florida, en la Part II del Chapter 117 (parte II del capítulo 117). Un notario en línea de Florida puede notarizar su firma en una sesión grabada de audio y video aunque usted esté en otro estado (sección 117.265), y la sección 689.01 permite que los dos testigos que necesita una escritura de Florida participen de la misma manera. No todas las compañías de título ofrecen cierres en línea para todas las transacciones, y las verificaciones de identidad son estrictas, así que pregunte con tiempo si el suyo se puede hacer en línea.
El cierre por correo (mail-away closing) es la alternativa tradicional. La compañía de título le envía la escritura y los documentos de cierre; usted firma ante un notario donde vive, con dos testigos para la escritura, y devuelve los originales por mensajería de entrega al día siguiente con rastreo. La ley de registro de Florida exige que en la escritura aparezcan los nombres y las direcciones postales de quienes la firman y de sus testigos (sección 695.26), así que escríbalos en letra de molde clara. Cuente con unos días más para el envío.
Qué le pedirá la compañía de título a un vendedor que vive fuera del estado
Identidad y autoridad
Una identificación oficial con foto vigente de cada dueño. Si alguien firma por usted, el poder notarial (power of attorney) o los documentos del fideicomiso (trust) o de la compañía que le dan esa autoridad.
Pago del préstamo y dinero de la venta
Los datos de su prestamista para el pago final del préstamo (payoff) y cómo quiere recibir el dinero de la venta. Confirme cualquier instrucción de transferencia bancaria (wire) llamando a la compañía de título a un número que usted ya conozca, porque los vendedores a distancia son un blanco común del fraude de transferencias bancarias.
Información de impuestos
La información que el agente de cierre (closing agent) necesita para reportar la venta al IRS, y una declaración de si usted es o no una U.S. person para efectos de la retención.
Contactos de la asociación y de los servicios
Los contactos de la administración de la HOA (asociación de propietarios) o del condominio para el certificado de estoppel (estoppel certificate), y las cuentas de servicios públicos y de otros servicios que hay que cerrar después del cierre.
FIRPTA: cuando el vendedor no es una U.S. person
Si el vendedor es una persona extranjera (foreign person) para efectos de los impuestos de EE. UU., la Foreign Investment in Real Property Tax Act (la ley federal sobre impuestos a la inversión extranjera en bienes raíces) generalmente exige que el comprador retenga el 15 por ciento del monto obtenido (amount realized) y lo envíe al IRS. La excepción para ventas de $300,000 o menos aplica solo cuando el comprador piensa vivir en la casa, así que no ayuda cuando el comprador es un inversionista como nosotros. Un vendedor extranjero puede solicitar con el IRS Form 8288-B (formulario 8288-B del IRS) un certificado de retención (withholding certificate) que reduzca el monto; el IRS dice que normalmente actúa dentro de los 90 días después de recibir toda la información que necesita.
Los ciudadanos y residentes de EE. UU. que simplemente viven en otro estado no son personas extranjeras. Como la retención cambia cuánto dinero recibe usted en el cierre y cuándo lo recibe, un vendedor extranjero debe pedirle a un CPA (contador público certificado) que revise su situación con FIRPTA antes de firmar un contrato.
Cómo cuidar la casa hasta el cierre
Acceso
Una caja de seguridad para llaves (lockbox) o un contacto local nos permite hacer el recorrido y cualquier inspección acordada sin que usted tenga que viajar.
Seguro de una casa vacía
Averigüe si su póliza limita la cobertura mientras la casa está vacía, y manténgala vigente hasta el cierre.
Temporada de tormentas
Si llega una tormenta antes del cierre, los términos de riesgo de pérdida (risk of loss) del contrato deciden qué pasa después. Léalos y mantenga su seguro al día.
Correo y avisos
Use el reenvío de correo o pídale ayuda a un vecino para que los avisos de cumplimiento del código (code enforcement), de impuestos y de la asociación que lleguen a la propiedad no se queden sin leer.
Fuentes oficiales
Estas fuentes oficiales, la mayoría en inglés, le permiten verificar la información general de esta página. Para consejos sobre sus documentos o plazos, consulte con el profesional adecuado en Florida.
- IRS: FIRPTA withholding (retención de FIRPTA)
La retención cuando una persona extranjera vende bienes raíces en EE. UU., las excepciones y el Form 8288-B.
- Florida Statutes, sección 117.265 (notarización en línea)
Cómo un notario en línea de Florida notariza para firmantes dentro o fuera de Florida.
- Florida Statutes, sección 689.01 (testigos de la escritura)
Los dos testigos de una escritura y cómo pueden participar por tecnología de audio y video.
- Florida Statutes, sección 695.26 (requisitos de registro)
Los nombres y las direcciones que deben aparecer en una escritura antes de poder registrarla.
Cómo funciona una venta directa en Florida
Tres decisiones claras lo llevan desde la primera revisión de la propiedad en Florida hasta el cierre con la compañía de título.
Describa la propiedad en Florida
Comparta la dirección, la condición, si está ocupada y el tiempo que prefiere. Las fotos ayudan, pero no son necesarias para empezar.
Revise la oferta por escrito
Para la propiedad en Florida, revisamos ventas comparables, el título y la condición (incluidos estos puntos: sin necesidad de viajar; recorrido local; tal como está y a distancia) y luego le explicamos los términos en efectivo, sin compromiso.
Elija una fecha de cierre práctica
Si la oferta para Florida le conviene, una compañía de título con licencia verifica la propiedad y los saldos a pagar. Una compra con título limpio puede cerrar en tan solo 10 días, o más adelante si necesita tiempo.
Vender su propiedad en Florida desde otro estado: preguntas frecuentes
Respuestas claras para que pueda tomar la mejor decisión.
Normalmente no. Florida permite la notarización en línea con testigos remotos, y muchas compañías de título ofrecen cierres por correo que usted firma ante un notario donde vive. La compañía de título decide qué método le conviene a su transacción.
La compañía de título envía los documentos, usted firma la escritura ante un notario y dos testigos, escribe en ella los nombres y las direcciones de ellos en letra de molde, y devuelve los originales por mensajería de entrega al día siguiente con rastreo. La compañía de título cierra cuando tiene los originales firmados y los fondos del comprador.
Es posible. Según FIRPTA, el comprador generalmente tiene que retener el 15 por ciento del monto obtenido (amount realized) cuando el vendedor es una persona extranjera, a menos que aplique una excepción o un certificado de retención (withholding certificate) del IRS. Hable con un CPA antes de firmar.
Sí. Saque los objetos de valor y sus documentos personales; lo que se acuerde dejar se puede manejar después del cierre.
Entréguele a la compañía de título los documentos de la sucesión o del fideicomiso. Solo la persona con autoridad legal, como el representante personal (personal representative) o el fiduciario (trustee), puede firmar la venta.
Otras situaciones en las que ayudamos
Páginas en español por ciudad
Compramos casas en toda Florida. Estas ciudades tienen su página en español:
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